En Derecho de Familia, como en cualquier otro orden jurisdiccional, la pericial psicológica deberá enfocarse en relación al objeto pericial (de igual forma que en el resto del orden jurisdiccional).
El principio rector de la intervención pericial es "el interés superior del menor", que en términos psicolegales se traduce en determinar que contexto parental puede contribuir a una mejor adaptación del hijo a la situación de separación familiar (ajuste post-divorcio) y adecuación del menor en su desarrollo evolutivo.
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